Ayuda de Civil
¿Qué es una acción civil?
Esta sección trata de casos civiles generales que suelen involucrar disputas sobre contratos, daños a la propiedad o alguien que resulta herido. Para los casos de desalojo, vea la sección de acciones para propietarios/inquilinos.
Los casos civiles se dividen por tipos, dependiendo del monto de dinero que se deba:
- A una demanda por más de $25,000.00 se le llama acción civil "ilimitada".
- A una demanda por $25,000.00 o menos se le llama acción civil "limitada".
- También puede presentar una demanda en la corte de reclamos menores por $10,000.00 o menos. Puede informarse al respecto en la sección Reclamos menores de este sitio web. Si le deben más de $10,000.00, puede renunciar a la diferencia y presentar la demanda en la corte de reclamos menores.
- A una demanda que requiere una gestión judicial excepcional (vea la regla 3.400 de las Reglas de la corte de California (en inglés)) se le llama acción civil "compleja".
Asistencia por teléfono, en persona o en línea
El personal de la corte de la División Civil puede ayudarle en persona con los formularios, la presentación de documentos para casos y asuntos procesales de lunes a jueves, de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. y los viernes, de 8:00 a. m. a 12:00 p. m. en las siguientes ubicaciones de la corte. Puede obtener información general grabada en los números de teléfono indicados más abajo. Sin embargo, debido a limitaciones fiscales, no hay agentes de atención telefónica disponibles. Las consultas sobre asuntos civiles y de reclamos menores pueden enviarse electrónicamente.
Formularios
Todos los formularios también se pueden comprar en las instalaciones de la corte. Si sabe qué formulario necesita, puede descargarlos directamente de https://www.courts.ca.gov/allforms.htm.
Para obtener información sobre otros tipos de casos civiles, incluidos testamentos, herencias y testamentarios, visite https://www.courts.ca.gov/8865.htm
Ex parte
Las solicitudes ex parte tienen que ser recibidas por la corte antes de las 12:00 p. m. para que un asunto ex parte aparezca en el calendario del siguiente día judicial. Si los alegatos se reciben después de las 12:00 p. m., el asunto no se incluirá en el calendario judicial antes de la fecha que corresponda a dos días judiciales después de la fecha de recepción de los alegatos. Esto no se aplica a las órdenes de restricción por acoso civil o en el lugar de trabajo, a las audiencias de la Ley Lanterman-Petris-Short o Riese, ni a los asuntos de derecho de familia.
Solicitud de suspensiones de emergencia
Las solicitudes de suspensiones de emergencia u otros asuntos de emergencia deben enviarse con las palabras "SE SOLICITA SUSPENSIÓN DE EMERGENCIA" en el encabezamiento del documento y con una carátula roja con las palabras "SE SOLICITA SUSPENSIÓN DE EMERGENCIA".