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Información sobre intérpretes de la corte

Intérpretes de la corte

La Corte Superior del condado de Santa Barbara tiene personal hispanohablante en la mayoría de las oficinas del secretario. En caso de que no haya personal bilingüe disponible, la corte proporciona un intérprete por teléfono usando los servicios de un proveedor externo de interpretación telefónica de idiomas.

Conviértase en intérprete de la corte

La corte asigna intérpretes de la corte calificados de español sin costo alguno en los siguientes procesos de la corte:

  • Penales;
  • Delincuencia de menores;
  • Dependencia de menores;
  • Salud mental (evaluaciones psicológicas y audiencias de competencia mental);
  • Derecho de familia;
  • Acoso civil;
  • Retención ilícita (desalojo);
  • Tránsito;
  • Reclamos menores, y
  • Otros casos civiles limitados.

En caso de que los litigantes, los demandados/acusados o los testigos necesiten los servicios de un intérprete en español, pueden solicitar uno del personal de la corte en el momento de la audiencia.

Para los usuarios de la corte con casos de derecho de familia, reclamos menores, testamentarios, acoso civil, retención ilícita y otros casos civiles limitados que hablan un idioma distinto al español, se puede solicitar un intérprete usando el formulario INT-300 "Solicitud de intérprete" (casos civiles) (en español), que se tiene que presentar electrónicamente (e-file, en inglés) (excepto para los usuarios de la corte que se representan a sí mismos) en la oficina del secretario al menos 48 horas antes de la audiencia programada. Una vez recibido, la oficina del secretario enviará un aviso al coordinador de intérpretes de la corte, quien, si es posible, reservará los servicios de un intérprete de la corte calificado para la fecha y la hora especificadas en la Solicitud de Intérprete.

Cuando las partes de asuntos civiles estén representadas por un abogado, el abogado del caso tendrá que presentar electrónicamente (e-file, en inglés) el formulario INT-300 (en español) y, en caso de que la parte no vaya a estar presente en alguna audiencia para la cual se solicitó un intérprete, tendrá que dar a la corte un aviso con 72 horas de anticipación.

La corte intentará proporcionar un intérprete en cada idioma y en cada caso civil. La corte proporcionará a los solicitantes/abogados una respuesta para informarles si se concede su solicitud. Puede haber ocasiones en las que la corte no pueda proporcionar un intérprete en todos los casos.

También se proporcionan intérpretes de lenguaje de señas sin costo para las partes o testigos que estén presentes y participen en un proceso de la corte. Para solicitar un intérprete de lenguaje de señas (ASL, por sus siglas en inglés) en un proceso de reclamos menores, retención ilícita, derecho de familia, acoso civil o de la corte de tránsito, los usuarios de la corte tienen que presentar el formulario MC-410 del Consejo Judicial (en español), ubicado en la página web "Ley de Estadounidenses con Discapacidades" de la corte.

Para obtener información adicional sobre intérpretes, visite los siguientes enlaces:

    Más sobre intérpretes de la corte

    El proceso de quejas

    Si tiene una queja sobre el acceso local a los servicios lingüísticos, puede presentar una queja usando este formulario para llenar. La corte proporciona versiones del formulario en español.

    El coordinador de Acceso Lingüístico revisará y responderá todas las quejas en relación con los intérpretes y el acceso lingüístico. La corte toma muy seriamente todas las quejas sobre acceso lingüístico y abordará las inquietudes de manera apropiada. Tenga en cuenta que la División de Servicios de Acceso Lingüístico no tiene la autoridad para cambiar o modificar ninguna decisión tomada por un juez y que la revisión que haga de la queja no afecta ni extiende de ninguna manera ninguna fecha límite o requisito procesal, como presentación de mociones, apelaciones, modificaciones, etc.

    Puede presentar una queja al Consejo Judicial de California con respecto a un intérprete específico de la corte de California si cree que un intérprete certificado o registrado:

    • Contravino la Regla de la corte 2.890, Conducta profesional de los intérpretes.
    • No tiene la competencia para interpretar en inglés o en el idioma que se está interpretando.
    • Cometió actos ilícitos o se comportó de manera poco ética.
       

    Para presentar una queja directamente en el Consejo Judicial en relación con un intérprete de la corte específico, visitehttps://www.courts.ca.gov/42807.htm

    La Corte Superior del Condado de Santa Barbara tiene personal que habla español en la mayoría de las oficinas administrativas de la corte. En caso de que no haya personal bilingüe en algún momento, la corte recurre a los servicios de interpretación telefónica que brinda un proveedor externo.

    La corte asigna intérpretes acreditados de español sin costo alguno en los siguientes procesos:

    • Penales
    • Dependencia de menores
    • Delincuencia de menores
    • Salud mental (evaluaciones psicológicas y audiencias para determinar la capacidad mental)
    • Derecho de familia
    • Acoso
    • Desalojo
    • Infracciones de tránsito
    • Reclamos menores
    • Otros casos civiles limitados

    En caso de que los litigantes, los demandantes/acusados o los testigos necesiten los servicios de un intérprete, pueden pedir dichos servicios dentro de la sala de audiencias antes de la audiencia.

    Las personas que comparezcan a procesos relacionados con derecho de familia, reclamos menores, sucesiones testamentarias, acoso y otros casos civiles limitados y hablen un idioma diferente al español, pueden solicitar los servicios de un intérprete usando el formulario INT-300, el cual tiene que presentarse en la Oficina Administrativa de la corte con una anticipación de por lo menos 48 horas previas a la diligencia.

    La corte intentará, por todos los medios, conseguir los servicios de un intérprete de cualquier idioma para todos los casos civiles, pero algunas veces será imposible hacerlo. En ese caso, la corte le notificará oportunamente.

    Si tiene una queja acerca del acceso a servicios lingüísticos, puede presentarla usando este formulario para llenar. La corte tiene versiones de este formulario en español.

    La coordinadora de Acceso Lingüístico revisará y responderá todas las quejas respecto de los intérpretes y el acceso lingüístico. La corte toma muy seriamente todas las quejas relativas al acceso lingüístico y abordará las inquietudes de manera apropiada. Tenga en cuenta que la División de Servicios de Acceso Lingüístico no tiene la autoridad para cambiar o modificar ninguna decisión tomada por un juez y que la revisión que haga de la queja no afecta ni extiende de ninguna manera ninguna fecha límite o requisito procesal, como presentación de mociones, apelaciones, modificaciones, etc.

     

    Preguntas frecuentes

    Los intérpretes de idiomas hablados de la corte interpretan en procesos civiles o penales de la corte (por ejemplo, lecturas de cargos, mociones, conferencias antes del juicio, audiencias preliminares, declaraciones juradas, juicios) para los testigos o los demandados/acusados que hablan o entienden poco o nada de inglés. Los intérpretes de lenguaje de señas interpretan para todas las partes que son sordas o que tienen problemas de audición en todos los procedimientos. Los intérpretes de la corte tienen que interpretar con precisión para las personas con alto nivel educativo y amplio vocabulario, así como para personas con habilidades lingüísticas muy limitadas sin cambiar el registro del idioma del hablante. En ocasiones, los intérpretes también son responsables de traducir documentos escritos, a menudo de naturaleza legal, del inglés al idioma meta y del idioma meta al inglés.
     

    Los intérpretes de la Corte de California tienen un trabajo importante en la sala de audiencias: interpretan procesos de la corte para testigos y demandados/acusados con conocimientos limitados de inglés o para partes sordas o con problemas de audición. El puesto requiere sólidas habilidades de memoria y comunicación. Los intérpretes de la corte cambian entre dos idiomas diferentes en tiempo real teniendo en cuenta diferentes tipos de habla y gramática. También conocen los términos legales y los formularios e informes legales de uso común en la sala de audiencias.

    Mucha. Según un estudio reciente, en California se hablan más de 200 idiomas. De los 36 millones de habitantes del estado, alrededor del 20 por ciento habla inglés menos que "muy bien". Eso significa casi 7 millones de californianos que necesitarían la ayuda de un intérprete si se encontraran en la corte.

    En primer lugar, los intérpretes tienen que dominar el inglés y un segundo idioma. Actualmente, los intérpretes de la corte pueden ser certificados en los siguientes 13 idiomas:

    • Lenguaje de señas Árabe
    • Armenio (oriental)
    • Armenio (occidental)
    • Cantonés
    • Japonés
    • Coreano
    • Mandarín
    • Portugués
    • Ruso
    • Español
    • Tagalo
    • Vietnamita

    Las personas que dominan otros idiomas pueden convertirse en intérpretes registrados con el mismo salario y beneficios de tiempo completo que reciben los intérpretes certificados.
    Los intérpretes de la corte:
     

    • Interpretan voz y texto del inglés a un segundo idioma y viceversa en tiempo real. La interpretación tiene que ser precisa sin modificaciones, resúmenes, omisiones ni cambios de significado.
    • Mantienen buenas relaciones laborales con jueces, abogados, demás personal de la corte, supervisores y compañeros de trabajo.
    • Comprenden una variedad de procedimientos y prácticas de la corte.

    Sí. La interpretación de la corte es un trabajo muy exigente. Los intérpretes de la corte de lenguaje hablado tienen que tener total fluidez tanto en inglés como en el segundo idioma, mientras que los intérpretes de lenguaje de señas tienen que tener total fluidez tanto en inglés como en lenguaje de señas. El nivel de pericia requerido para esta profesión es mucho mayor que el que se requiere en una conversación bilingüe cotidiana. El intérprete tiene que poder manejar la más amplia gama de términos lingüísticos que puede presentarse en las cortes —desde terminología jurídica y técnica especializada hasta jerga callejera—. La mayoría de las personas no tienen un dominio completo de todos los registros tanto del inglés como de la lengua extranjera y, por tanto, requieren una capacitación especial para adquirirlo.

    Aunque no hay requisitos mínimos que tengan que cumplirse para solicitar presentar el examen de certificación estatal, se exhorta a los solicitantes a tomar cursos formales de nivel universitario y capacitación en ambos idiomas y en los modos de interpretación antes de solicitar el examen. En la actualidad hay universidades en todo el estado de California que ofrecen cursos introductorios y programas de certificación en interpretación o traducción. Sin embargo, la mayoría de estos son para inglés/español. Le recomendamos que se comunique con las escuelas y solicite información sobre sus programas. Para los demás idiomas, se sugieren las siguientes técnicas de autoestudio: (1) ampliar su vocabulario, (2) desarrollar sus propios glosarios y (3) desarrollar técnicas de interpretación. Hay disponibles ejercicios sugeridos para mejorar las habilidades que le ayudarán a desarrollar tres técnicas de interpretación: (1) interpretación consecutiva, (2) interpretación simultánea y (3) traducción de fuente leída.

    Solo los intérpretes que aprueban el examen de certificación de intérprete de la corte o el examen requerido para lenguaje de señas y cumplen los requisitos correspondientes del Consejo Judicial se denominan intérpretes certificados. Actualmente, hay exámenes de certificación para 13 idiomas designados: lenguaje de señas, árabe, armenio oriental, armenio occidental, cantonés, japonés, coreano, mandarín, portugués, ruso, español, tagalo y vietnamita.

    Los intérpretes de idiomas hablados para los que no existe un examen de certificación estatal tienen que aprobar el examen de fluidez en inglés y cumplir los requisitos correspondientes del Consejo Judicial para convertirse en intérprete registrado de un idioma no designado.

    Las certificaciones pueden cambiar periódicamente, dependiendo de los resultados de los estudios de uso del lenguaje en las cortes. Cuando se designa un idioma para certificación, hay un período de transición en el que se desarrolla un nuevo examen de certificación y se da tiempo a los intérpretes registrados para cumplir los requisitos.

    Según lo aprobado por el Consejo Judicial el 7 de julio de 1994, los intérpretes de la corte tienen que cumplir los siguientes requisitos para la certificación:

    • Aprobar el examen de certificación de intérprete de la corte o el examen "Certificado de especialista: legal" para el lenguaje de señas aplicado por una entidad de evaluación aprobada;
    • Solicitar la certificación al Consejo Judicial;
    • Pagar la cuota anual de $100;
    • Asistir a un taller sobre el Código de Ética del Consejo Judicial, y
    • Presentar un comprobante de 30 horas de educación continua y 40 asignaciones de experiencia reciente en interpretación profesional cada dos años.

    Los intérpretes registrados de idiomas no designados tienen que cumplir los siguientes requisitos:
     

    • Aprobar un examen de fluidez en inglés, aplicado por una entidad de evaluación aprobada;
    • Solicitar registro en el Consejo Judicial;
    • Pagar una cuota anual de $100;
    • Asistir a un taller sobre el Código de Ética del Consejo Judicial;
    • Asistir a un taller de Orientación del Consejo Judicial, y
    • Cumplir los requisitos desarrollados para intérpretes de la corte en materia de educación continua y experiencia profesional.

    La Oficina Administrativa de las Cortes (AOC, por sus siglas en inglés) contrató a Prometric para administrar los exámenes para intérprete de la corte certificado e intérprete registrado. Busque más información en la página información sobre los exámenes.
     

    El Consejo Judicial también tiene la autoridad, según la sección 754(f) del Código de Pruebas de California, para designar entidades aplicadoras de pruebas para intérpretes de lenguaje de señas (ASL). El consejo determinó que un intérprete de ASL calificado es aquel que posee el siguiente certificado:
    "Certificado de especialista: legal" emitido por el Registro de Intérpretes para Sordos (RID, por sus siglas en inglés) (vea www.rid.org)

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    Hay una gran demanda de intérpretes de la corte certificados en áreas con mucha población de inmigrantes. La mayoría de los intérpretes de la corte trabajan como intérpretes independientes o por día, lo que significa que son contratados por un día o medio día, en lugar de ser empleados permanentes de cortes de primera instancia. Sin embargo, algunas cortes de primera instancia tienen puestos permanentes para intérpretes de la corte. Un intérprete independiente tiene que estar dispuesto a viajar de una corte a otra, tal vez incluso de un sistema de cortes de primera instancia de un condado a otro, para tener la seguridad de trabajar tiempo completo. Los intérpretes de la corte generalmente cobran por jornada completa o media jornada. Actualmente, los intérpretes de la corte cobran $282.23 al día y $156.56 por medio día. Los sistemas de cortes de primera instancia que tienen puestos permanentes para intérpretes de la corte pagan un salario inicial mínimo de tiempo completo de $68.000 al año.

    Si tiene más preguntas, llame a nuestro número gratis (866) 310-0689, envíe un correo electrónico a courtinterpreters@jud.ca.gov o visite nuestro sitio web en: http://www.courts.ca.gov/programs-interpreters.htm

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