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Órdenes de restricción

Tipos de órdenes de restricción

  • Si se encuentra en peligro inmediato, llame o envíe un mensaje de texto al 9-1-1, o busque un lugar seguro ahora.
  • Los sitios web que visita también pueden ser vistos luego por otra persona en su computadora o teléfono. Borre su historial de navegación cuando termine de buscar en la web. Si eso le preocupa, use una computadora pública o de un amigo. 
  • No hay que pagar NINGUNA CUOTA para solicitar una orden de restricción por violencia en el hogar. 

Si necesita protección ahora mismo

Debería:

  • Llamar al "911", o
  • A una agencia del orden público local, o
  • A un refugio local contra la violencia en el hogar 1-714-992-1931, o
  • A la línea nacional sobre la violencia doméstica 1-800-799-7233; TDD 1-800-787-3224
  • .Si el maltrato tiene lugar en un centro de atención autorizado (por ejemplo, un hogar de ancianos o un centro de alojamiento y atención), llame al servicio local del Defensor de Atención a Largo Plazo al [números de teléfono]. O puede comunicarse con el defensor estatal llamando al [números de teléfono]. Para obtener más información sobre el Defensor de Atención a Largo Plazo: enlace

Líneas directas para emergencias

Policía, alguacil, emergencias médicas: 911  
Línea directa para abuso en el consumo de alcohol y drogas:1-888-868-1649 (llamada gratis)  Línea de acceso al bienestar del comportamiento, condado de Santa Barbara
Línea directa para maltrato de menores (si un menor está en peligro inmediato, llame al 911): 1-800-367-0166 (llamada gratis)  Servicios de Bienestar del Menor, condado de Santa Barbara 
Refugios de emergencia contra la violencia en el hogar: • Línea Directa Nacional de Abuso Infantil Childhelp: 1-800-422-4453 
• Área de Santa Barbara: 1-805-964-5245 (las 24 horas del día, los 7 días de la semana) 
•  Área de Lompoc: 1-805-736-0965 (las 24 horas del día, los 7 días de la semana) 
• Área de Santa Ynez Valley: 1-805-686-4390 (las 24 horas del día, los 7 días de la semana) 
• Área de Santa Maria: 1-805-925-2160 (las 24 horas del día, los 7 días de la semana) 
Servicios psiquiátricos de emergencia para crisis de salud mental: 1-888-868-1649 (llamada gratis) Línea de acceso al bienestar del comportamiento de Servicios de Emergencia para Crisis y Recuperación (C.A.R.E.S., por sus siglas en inglés), condado de Santa Barbara
Línea directa del Centro de Crisis por Violación: • Área de Santa Barbara: 1-805-564-3696 (las 24 horas del día, los 7 días de la semana) 
• Área de Lompoc: 1-805-736-7293 (las 24 horas del día, los 7 días de la semana) 
• Área de Santa Maria: 1-805-928-3554 (las 24 horas del día, los 7 días de la semana) 
Línea directa de prevención del suicidio: • Línea de acceso al bienestar del comportamiento, condado de Santa Barbara: 1-888-868-1649 (llamada gratis) 
• Línea directa de prevención del suicidio en California: 1-800-400-1572 (llamada gratis)
• Línea 988 de Prevención del Suicidio y Crisis: 1-800-273-8255 (llamada gratis) 
JÓVENES: respuesta móvil a crisis: 1-888-334-2777 (llamada gratis) De 8 a. m. a 8 p. m. los 365 días del año.  Alternativas seguras para tratar a los jóvenes, de Casa Pacifica (SAFTY, por sus siglas en inglés): menores de 20 años

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¿Qué pasa si tengo una discapacidad y necesito modificaciones especiales?

Si tiene una discapacidad y necesita ayuda, llene una Solicitud de modificación para personas con discapacidad (MC-410) (en español) y preséntela en la corte lo antes posible, pero al menos cinco días antes de la fecha del juicio.

¿Qué pasa si necesito un intérprete?

Selección de un intérprete

Por ley, en California todos los asuntos oficiales de la corte tienen que llevarse a cabo en inglés. Cuando una de las partes o testigos de un caso no habla bien inglés, esa persona necesitará un intérprete de la corte (que hable inglés y el idioma principal de la persona que no habla inglés) para que pueda entender lo que pasa y hablar con el juez.
Para obtener más información sobre cómo solicitar un intérprete gratis, haga clic aquí para acceder a la página de intérpretes de la corte.

Si decide contratar su propio intérprete, asegúrese de que sea un intérprete de la corte con experiencia; debería considerar un intérprete profesional que haya aprobado los exámenes requeridos y que se haya registrado oficialmente y haya sido aprobado como intérprete de la corte por el Consejo Judicial de California.

Hay 2 tipos de intérpretes de la corte aprobados oficialmente en California:

  • Intérpretes de la corte certificados: solo los intérpretes que aprueban el examen de certificación de intérprete de la corte y se registran en el Consejo Judicial se pueden considerar "certificados" en estos 13 idiomas:
    lenguaje de señas, árabe, cantonés, armenio oriental, japonés, coreano, mandarín, portugués, ruso, español, tagalo, vietnamita y armenio occidental.
  • Intérpretes de la corte registrados: a los intérpretes de idiomas hablados para los que no hay ningún examen de certificación estatal se les llama "intérpretes registrados de idiomas no designados". Estos tiene que aprobar un examen de dominio del inglés y registrarse en el Consejo Judicial del estado.

Traducción de documentos

El sitio web de las Cortes de California tiene una lista de intérpretes certificados y registrados para la interpretación oral. Los intérpretes certificados y registrados también pueden traducir documentos; sin embargo, las cortes de California no examinan ni certifican las habilidades de traducción escrita de un intérprete. La American Translators Association también puede interpretar documentos.

Consejos para usar los servicios de un intérprete

El uso de los servicios de un intérprete de la corte puede ser incómodo porque usted depende de otra persona para obtener su información o hablar con el juez. Siga estos consejos cuando use los servicios de un intérprete en una sala de la corte:

  • Escuche atentamente al intérprete.
  • Espere a que el intérprete termine de hablar antes de responder.
  • Hable despacio para que el intérprete pueda oír todo lo que dice.

No interrumpa, incluso si alguien en la corte dice algo malo sobre usted. Tendrá la oportunidad para hablar.

Intérpretes para personas sordas o con dificultades auditivas

Nota: También hay intérpretes de lenguaje de señas y subtítulos en tiempo real para las partes y los testigos sordos o con dificultades auditivas (o con otra discapacidad). La corte le proporcionará un intérprete de lenguaje de señas o un taquígrafo de la corte, u otras modificaciones que pueda necesitar. Puede leer más sobre este tema en la sección Para personas con discapacidades que solicitan modificaciones de este sitio web para conocer la política de la corte sobre las modificaciones para personas con discapacidades. Haga su solicitud lo antes posible, pero al menos 5 días antes de la audiencia.

¿Puedo llevar niños a la corte?

Se puede llevar niños a la corte y pueden permanecer en la "sala de espera para niños" mientras sus cuidadores llevan a cabo sus asuntos en la corte. La sala de espera para niños es un centro seguro para dejar a los menores, que permite a los niños ser niños en lugar de pasar largas sesiones escuchando interacciones de adultos que podrían resultar dolorosas o aterradoras.

Sala de espera para niños

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